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La sobrerrepresentación en el Congreso se ha convertido en el foco de atención política en México. Preocupa la mayoría avasalladora y fuera de la ley de Morena y sus aliados, quienes, con 373 curules, tendrían la capacidad de aprobar enmiendas a la Constitución sin necesidad de negociar con otras fuerzas políticas.
La oposición buscó una solución por la vía jurídica, impugnando los resultados ante el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Sin embargo, esta semana, la Sala Superior del TEPJF confirmó, por unanimidad, el triunfo de las candidaturas ganadoras de diputados y senadores de mayoría relativa, desechando las impugnaciones presentadas.
Una vez ratificadas las diputaciones y senadurías por mayoría relativa, el INE procederá al reparto de las 200 curules de representación proporcional o plurinominales en la Cámara de Diputados y los 64 escaños en el Senado, de los cuales 32 son de primera minoría y 32 plurinominales. Este proceso deberá concluir antes del 23 de agosto, fecha límite también para que los magistrados resuelvan cualquier impugnación pendiente.
La Constitución establece un límite del 8% de sobrerrepresentación para evitar que cualquier partido tenga más de 300 diputados por ambos principios (mayoría relativa y representación proporcional). Sin embargo, este límite ha sido superado en anteriores legislaturas, aprovechando la figura de coalición. Por ejemplo, en 2018, la coalición Morena-PVEM-PT obtuvo el 45.9% de los votos, pero logró el 61.6% de las curules, excediendo el límite de sobrerrepresentación en un 15.7%.
El debate sobre la sobrerrepresentación no es nuevo y ha sido objeto de reformas desde 1996. Aunque el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) fue modificado en 2008 para eliminar las limitaciones a las coaliciones, permitiendo así la sobrerrepresentación. Existe una creciente preocupación sobre las implicaciones de permitir que una fuerza política modifique la Constitución sin contrapesos.
El PRD no obtendrá ninguna plurinominal, ya que no alcanzó el 3%, votación mínima requerida, requisito para obtener algún representante en la Cámara de Diputados y Senadores. Sin duda, esta situación ha puesto sobre la mesa la consideración de los criterios que permiten esta sobrerrepresentación, ya que, según algunos expertos, los tribunales deberían reconocer que se trata de un problema que afecta la representación democrática y la estabilidad política del país.
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